Antes de la reforma del calendario llevada a cabo por Julio César, el año romano comenzaba en el mes de marzo y tenia 10 meses de 36 días, más 5 días al fin del mismo, dedicados a las fiestas de las saturnales.
A partir de la reforma juliana, el año pasó a tener 12 meses -de 30 ó 31 días- incorporando a fin del mismo dos meses, que se llamaron enero y febrero. Los meses de 31 días eran los impares: marzo, mayo, quinto, séptimo, noveno y enero. Y los de 30 eran los pares: abril, junio, sexto, octavo y décimo. A febrero le correspondieron 29 (30 los años bisiestos) para obtener los 365 días.
Yo lo completaría con la regorma ' Gregoriana ' , acontecida en 1582, la cita es la siguiente:
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En 1582 el papa Gregorio XIII promulgó el nuevo calendario, llamado Gregoriano por ser él su promotor. Habían pasado más de 1.600 años de vigencia del calendario Juliano y los pequeños desajustes se habían hecho muy ostensibles al cabo de tanto tiempo. El calendario civil se había retrasado 10 días respecto al calendario astronómico; por lo que Gregorio XIII tuvo que decretar en 1583 el salto del día 10 al 20 de diciembre. Ese año, diciembre tuvo sólo 21 días.
En esencia, la principal aportación de la reforma gregoriana consiste en que la cuenta de los años bisiestos no es rígida como en el juliano; así pues, de la regla general del bisiesto cada cuatro años, se exceptuaban los años múltiplos de 100, excepción que a su vez tenía otra excepción, la de los años múltiplos de 400, que sí eran bisiestos. La nueva norma de los años bisiestos se formuló del siguiente modo: La duración básica del año es de 365 días; pero serán bisiestos (es decir tendrán 366 días) aquellos años cuyas dos últimas cifras son divisibles por 4, exceptuando los años que expresan el número exacto del siglo (100, 200..., 800..., 1800, 1900, 2000...), de los que se exceptúan a su vez aquellos cuyo número de siglo sea divisible por 4. Asimismo se corrigió en el calendario gregoriano la duración de los meses, ya fijada básicamente en el calendario juliano.