Ah vale ya entiendo lo que queréis decir, y sí claro tenéis razón, una cosa es liberarlo y otra, modificar el firm (que es de lo que no me coscaba, y por eso me he colao
).
Ahora, de lo último que decía cokete, no estoy yo tan de acuerdo. Cuando la operadora te vende el móvil (vamos a poner que pillas un contrato con boda de 18 meses, y te vale 20 eur -siendo el precio real que paga la operadora al fabricante 150- por ejemplo). Vale, pues tu al llevártelo de tu distribuidor, has pagado los 20 eur, y firmado un contrato, por el que te comprometes, a
atender los recibos que devengan del uso del servio prestado por el operador, pero el teléfono ES TUYO, no del operador (porque "lo has pagado"). Otra cosa es que seas un moroso, y que la operadora te lleve a juicio por impago de cuota, y se deriven ciertas acciones legales como el embargo de bienes. Y en el otro caso, en el que te quisieses dar de baja antes, también es por incumplimiento de cláusula, y por eso según la legislación vigente o apechugas o atente a las consecuencias, pero en ningún caso se dice que el terminal es propiedad de tu operador (aunque si existe una cláusula de ese tipo para las SIM).
Y es más, aunque el teléfono te valga cero patatero, sigue siendo tuyo, porque para algo lo anuncian a bombo y platillo, si no sería publicidad engañosa, porque no sería, ven y llévate este móvil por cero euros, sino, ven y te "dejamos" este móvil... o algo por estilo. Vamos a lo que voy es que es tuyo siempre, lo único que si te das de baja antes, tienes que pagar una multa al operador por el descuento que te han hecho, porque incumples una cláusula del contrato firmado con ellos, es una simple cláusula de rescisión, que en ningún caso implica que el móvil no sea propiedad del titular de la línea, durante ese período de permanencia, me explico?
De todas formas no me considero perfecto ni mucho menos y si estoy equivocado (como antes con lo de liberar el móvil) agradecería que alguien me corrigiese.
Un saludo!